
Por Nahuel Díaz, periodista y colaborador de G&M News.
En el marco de una polémica ley aprobada con extrema rapidez por el Congreso peruano en julio pasado, ahora, el presidente Pedro Castillo promulgó la normativa que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas online. El proyecto nº 2070, al que el empresariado del juego local señaló varias fallas, había sido presentado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), a cargo de Roberto Sánchez Palomino.
De esta manera, una de las actividades con mayor crecimiento de consumo en los últimos tiempos tendrá un marco regulatorio irregular e incompleto. Hay que recordar que existen otros juegos que son regulados a través del Código Civil, con un capítulo sobre el contrato de juego y apuestas, donde se establecen tres tipos de juegos: los regulados con ley expresa, los prohibidos y los que todavía no tienen regulación especial.
Ahora, la ley obliga a los tradicionales sitios de apuestas deportivas dentro del territorio peruano a utilizar la extensión ‘bet.pe’, para que los jugadores puedan apostar a distancia. La norma, que entrará en vigencia a los 60 días de la fecha de publicación del Decreto Supremo que aprueba su Reglamento, tiene como objetivo central prevenir la posibilidad de que se produzcan actos ilícitos, proteger a los usuarios y que la recaudación contribuya a las arcas del Estado.
Para ello, el Gobierno puso al Mincetur como la máxima autoridad administrativa a nivel nacional encargada de la regulación, autorización y fiscalización de los juegos y apuestas deportivas en línea. La norma también estableció la implementación de un impuesto directo aplicado al Ingreso Neto (Net Win) del 12%, que es similar al que se aplica a los juegos presenciales de casinos y tragamonedas. Según las autoridades, habría una recaudación anual para el Estado de 160 millones de soles (US$41 millones). De ese monto total, el 40% irá al Mincetur, el 20% al Tesoro Público, el 20% a Salud y el 20% restante servirá para promocionar el deporte y políticas sociales. En el caso del otorgamiento de licencias de funcionamiento a locales físicos, las municipalidades únicamente podrán entregar licencias a los titulares de salas de juegos de apuestas deportivas a distancia, previa autorización por el Mincetur.
ANDANADA DE CRÍTICAS Y OMISIONES
Ya antes de la aprobación y promulgación del proyecto, el empresariado local había manifestado su intención de participar en el debate de la ley. La realidad es que hubo muy poca consulta a los referentes del sector. No hubo interés de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de que las empresas participaran en la confirmación de un texto sólido y completo. El resultado ha sido, para los empresarios, una ley endeble, despareja y con tono confiscatorio, que pone en riesgo la estabilidad de las compañías locales y el mantenimiento de los empleos de miles de trabajadores.
Para la Asociación Peruana de Apuestas Deportivas (APADELA), encabezada por Gonzalo Rosell, la ley no es equitativa en su trato fiscal a las firmas del sector pues el nuevo gravamen del 12% al ingreso neto no se aplica a los operadores de juego online (unas 100 compañías) radicados en el extranjero que explotan sus sitios web o apps en Perú de manera remota. La entidad también remarcó la ausencia en el texto de la ley de modalidades de apuestas online basadas en juegos de habilidad, y no de azar. Además, indicó que se debe permitir tener puntos de venta exclusivos y no exclusivos, como sucede actualmente, dado que existen alrededor de 4.000 negocios familiares que se benefician de la actividad de apuestas deportivas y no deportivas en puntos de venta mixtos, y no exclusivamente dedicados al juego. Según APADELA, así como está establecida, la ley pone en peligro la continuidad operativa de la gran mayoría de las casas de apuestas nacionales que, por los altos costos tributarios de la regulación, no serían competitivas frente a las casas de apuestas con sede en el extranjero. En consecuencia, se afectaría el sustento económico de más de 275.000 personas que forman parte -de manera directa e indirecta- del sector. Asimismo, se eliminarían los ingresos de los pequeños negocios que trabajan con la industria, se reducirían los patrocinios al deporte nacional y se desincentivaría la inversión externa en el Perú.
En paralelo, también se posicionó de manera crítica sobre la reciente ley la Asociación Peruana de Juegos de Azar (APEJA). Su presidente, Constante Traverso, expuso que el marco impositivo tiene un carácter confiscatorio que va en contra del desarrollo de las empresas nacionales. Traverso cuestionó la solvencia técnica de la legislación al señalar que presenta numerosas variables que indicarían desconocimiento de los congresistas sobre la actividad que regulan. También hizo notar que, en la terminología legal, sólo clasificarían como “jugadores” quienes estén radicados en el Perú, sin contar a los turistas o las personas extranjeras que apuesten desde el territorio nacional. Habrá que ver, entonces, si las entidades del juego que representan y defienden a las empresas y sus trabajadores presentarán algún amparo legal para frenar la aplicación de una ley claramente deficiente.







